La posibilidad de que en la Organización de Estados Americanos (OEA) se decida aplicar la Carta Democrática Interamericana (CDI) a Venezuela ha llevado al Gobierno de Nicolás Maduro a desatar una ofensiva comunicacional en la que se denuncia que ese hecho busca una supuesta invasión para convertir al territorio en una neocolonia de Estados Unidos. Expertos rechazan esa hipótesis y aseguran que forma parte de una campaña propagandística destinada a tratar de deslegitimar ese documento y a lograr cohesión del oficialismo.
La CDI es un instrumento que los 34 países miembro de la OEA suscribieron el 11 de septiembre de 2001, en asamblea general celebrada en Lima, Perú. Venezuela estuvo representado allí por el entonces canciller Luis Alfonso Dávila. Su objetivo es proteger y preservar la democracia como sistema de gobierno.
El texto establece en su artículo 1 que la democracia “es esencial para el desarrollo social, político y económico de los pueblos de las Américas”. En el artículo 2 aclara que el “ejercicio de la democracia representativa es la base del estado de derecho y los regímenes constitucionales” de los miembros de la organización hemisférica.
El artículo 17 dice que cuando el gobierno de un Estado miembro “considere que está en riesgo su proceso político institucional democrático o su legítimo ejercicio del poder, podrá recurrir al secretario general o al Consejo Permanente para solicitar asistencia para el fortalecimiento y preservación de la institucionalidad democrática”.
El artículo 18 indica que cuando se produzcan “situaciones que pudieran afectar el desarrollo del proceso político institucional democrática o el ejercicio del poder, el secretario general o el consejo permanente podrá, con el consentimiento previo del gobierno afectado, disponer visitas y otras gestiones con la finalidad de hacer un análisis de la situación”. Incluso el secretario general presentará un informe al Consejo Permanente de la OEA y, de ser necesario, pudiera “adoptar decisiones dirigidas a la preservación de la institucionalidad democrática y su fortalecimiento”.
El artículo 20 faculta al mismo secretario general o a cualquier Estado miembro a convocar de inmediato a un Consejo Permanente para realizar “una apreciación colectiva de la situación” de uno de los Estados en los que se produzca una “alteración del orden constitucional que afecte gravemente su orden democrático”.
Aclara que, “según la situación”, se podrán realizar gestiones diplomáticas, “incluidos los buenos oficios para promover la normalización de la institucionalidad democrática”. Deja claro que si esas acciones son insuficientes, el Consejo Permanente de la OEA puede convocar a una Asamblea General para que tome “las decisiones que estime apropiadas, incluyendo gestiones diplomáticas, conforme a la carta de la organización, el derecho internacional y las disposiciones” de la CDI.
El artículo 21 advierte que si el diálogo resulta infructuoso, se podrá llegar a “suspender al Estado miembro” donde ha habido la ruptura de su derecho de participar en la OEA, con el voto afirmativo de las dos terceras partes de los miembros de la organización. A la par, se mantendrá la diplomacia.
La CDI no establece la posibilidad de una acción armada o invasión a un Estado en el que haya ocurrido una ruptura del orden constitucional. Desde Caracas, sin embargo, desde el presidente hasta políticos, analistas, abogados y opinadores cercanos al Ejecutivo han afirmado que detrás de la aplicación de la carta está la intención de atacar al país, invadirlo y violar su soberanía para acabar con un gobierno que ha logrado conquistas para el pueblo.
“Quieren convertir a Venezuela en una neocolonia, pero a Venezuela no la interviene nadie; el país tiene la capacidad de resolver sus propios problemas. Mientras más amenazas reciba, más nos fortaleceremos”, expresó Maduro el 21 de marzo en un Consejo de Ministros.
Ante esta las dudas surgidas se consultó al exdiplomático venezolano Enrique Ter Horst, que fue jefe de misiones de paz de la ONU en El Salvador y Haití de 1994 a 1997, y al abogado y analista internacional, Emilio Nouel.
- ¿Puede aplicarse la CDI a Venezuela?
Enrique Ter Horst: “La CDI era territorio virgen en lo referente a la violación de la legitimidad de desempeño. Dejó de serlo con los dos informes de Almagro (sobre Venezuela) que, basados en hechos muy concretos, substancian la pérdida de esa legitimidad y activan la CDI en su artículo 21 (el famoso «diálogo» constituyó una delegación de las consultas previstas en la CDI), y legitiman la activación del artículo 350 de la Constitución”
- ¿La CDI establece la posibilidad de intervenir militarmente en un Estado miembro?
Emilio Nouel: “Afirmar tal falsedad solo se explica por el interés del gobierno de auto-victimizarse y tratar de cerrar filas en el país frente a una supuesta invasión de no sabe quién. Trata de manipular a la gente sencilla que poco o nada conoce de normativas internacionales. Solo busca alarmar sobre la base de una mentira, una intervención militar no está autorizada por la OEA en virtud de la CDI”.
- ¿Aplicar la CDI implica violar el principio de no intervención en los asuntos internos de un país?
Enrique Ter Horst: “No se viola el principio de la no intervención en los asuntos internos cuando en un tratado internacional (la CDI) los países miembros de un organismo multilateral regional (la OEA) o global (la Carta de la ONU) permiten y solicitan esa intervención en caso de que violen postulados fundamentales de la democracia y de la promoción y protección de los derechos humanos, taxativamente enumerados. El régimen los ha violado prácticamente a todos. La CDI la firmó Chávez, de modo que esa soga se la colgaron ellos al cuello sin que nadie los obligara. No tienen manera de distanciarse de los hechos que describe Almagro y de los cuales el país es testigo”.
Emilio Nouel: “No es cierto que la CDI infrinja el principio de no intervención del Derecho Internacional. En todo caso, sería una ‘intervención’ consentida por el país que suscribió ese documento por razones expresas. Es un instrumento suscrito por todos los países de la OEA, en el cual se asumen obligaciones políticas, morales y jurídicas; es decir, obligatorias, vinculantes, en relación con la democracia y los derechos humanos. En el instrumento se establece que la democracia es un derecho de los pueblos y que este debe ser respetado y acatado, so pena de sufrir sanciones. La democracia no es asunto solo interno desde que se crearon la ONU y la OEA. La cláusula democrática está incluida en casi todos los organismos internacionales, incluso los de naturaleza económico-comercial. El principio de no intervención clásico no es absoluto y tiene sus excepciones, entre ellas, la preservación de la democracia y la garantía de los derechos humanos, y las violaciones a estas, autorizan a tomar medidas colectivas de diversa naturaleza y grado, todo dependiendo de la gravedad de los eventos. Por tanto, no hay intervencionismo, máxime cuando los países americanos motu proprio asumieron las obligaciones. Mal puede el Gobierno de Venezuela venir ahora a desconocer un compromiso jurídico firme y a hablar de ‘colonizar’”.
- ¿Qué busca Venezuela al afirmar que si le aplica la CDI se estaría interviniendo en sus asuntos internos?
Enrique Ter Horst: “El régimen hará lo que sea para mantenerse en el poder, porque el que la debe, la teme. Tratará de confundir a los venezolanos haciéndoles creer que los muertos por disparos a la cabeza, las torturas, la represión, la corrupción que le quitó la comida y las medicinas, las maniobras para retrasar el revocatorio y cambiar de gobierno pacíficamente, son todas ‘invenciones del imperio y de sus cachorros’. Menosprecian la inteligencia del venezolano, y han perdido el contacto con la realidad. Esta de Almagro y de la Asamblea General de la OEA será una intervención solicitada y acordada de acuerdo al estricto cumplimiento del derecho internacional en respuesta al sinnúmero de violaciones de la Constitución y de la CDI”.
Emilio Nouel: “Con su retórica falaz sólo busca impedir que se siga un procedimiento que ya se anunció el año pasado, el cual podría conducir a la sanción mayor (suspensión de la OEA, no expulsión), a menos que otros mecanismos diplomáticos se pongan en acción para presionar al país, contemplados también en la CDI. Esta presión sólo busca dar paso a una solución democrática, electoral y pacífica en Venezuela a la brevedad y así evitar un caos social que afectará a todo el hemisferio”.